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ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CABO DE HORNOS RECUERDA

22 junio, 2017
Según decreto alcaldicio N°0242, que aprueba la ordenanza municipal de aseo en la Comuna de Cabo de Hornos, será de obligación de los ocupantes o propietarios de cada inmueble mantener permanentemente limpias, en los correspondientes frentes de sus inmuebles, las veredas para el paso de peatones y las zarpas para el escurrimiento de las aguas.
En época de invierno deberán limpiar las veredas frente a sus respectivas habitaciones, o locales comerciales, inmediatamente despues de una nevada.

Sera norma permanente mantener siempre limpia de escarcha las veredas de sus frontis con el objeto de evitar accidentes a los peatones. La nieve y la escarcha que se barra de las veredas deberá acumularse en los sectores entre las veredas y las soleras dejando paso libre a los peatones. En ningún caso, podrán ser dejadas sobre las soleras y zarpas.

Caso omiso a este circular, se sancionará con multas desde las 0.25 U.T.M hasta 5 U.T.M, correspondiendo su conocimiento al Juzgado de Policía Local, Carabineros e Inspectores Municipales.

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